Resolución N° 98/12/0114
Nro de Expediente:
3260-008747-11
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/8/2012


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20,60 (Unidades Reajustables veinte con sesenta centésimas) a la firma ARROSAMENA Y MELGAR S.R.L., R.U.T. 216601330012, responsable del establecimiento destinado a Parrillada, sito en la calle Libertad No. 2526.-

Montevideo, 10 de Agosto de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Parrillada, sito en la calle Libertad No. 2526, perteneciente a la Firma ARROSAMENA Y MELGAR S.R.L., R.U.T. 216601330012, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que la firma ARROSAMENA Y MELGAR S.R.L. inicia el trámite de instalación correspondiente y el Municipio informa que se debe ajustar a la normativa vigente;
        2o.) que se detienen las actuaciones por un plazo de 15 (quince) días para levantar las observaciones y en caso de omisión se aplicaría una multa;
        3o.) que el día 25/05/2012 se notifica a la empresa que en caso de incumplimiento se aplicaría una multa de U.R. 20,60 otorgándole un ultimo plazo de 10 (diez) días:
        4o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de dicha multa, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, modificativo del 32.707 y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 20,60 (Unidades Reajustables veinte con sesenta centésimas) a la firma ARROSAMENA Y MELGAR S.R.L., R.U.T. 216601330012, responsable del establecimiento destinado a Parrillada, sito en la calle Libertad No. 2526, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal