Resolución N° 132/12/0114
Nro de Expediente:
3260-014143-11
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/9/2012


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la firma ONDA S.A., R.U.T. 216659040017, responsable del establecimiento destinado a bar y café, sito en la calle Jaime Zudañez No. 2601.-

Montevideo, 24 de Setiembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a bar y café, sito en la calle Jaime Zudañez No. 2601, perteneciente a la firma ONDA S.A., R.U.T. 216659040017, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que dicha firma inicia el trámite de instalación correspondiente y el Municipio autorizó la solicitud de instalación de mesas y sillas (con o sin entarimado) el día 10 de noviembre de 2011 mientras se cumpla con la normativa vigente y los planos presentados;
        2o.) que de acuerdo a la declaración presentada de ocupación de espacio, el monto de depósito de garantía No.813794 es U.R. 12;
        3o.) que el 15 de febrero del corriente se notifico a la firma del monto a depositarse y que en caso de incumplimiento se aplicaría una multa de U.R. 8
        4o.) que el Arquitecto Asesor del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 el día 09/VII/2012 solicita la aplicación de una multa al local en cuestión de U.R. 8; por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, modificatívo del 32.707 y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la firma ONDA S.A., R.U.T. 216659040017, responsable del establecimiento destinado a bar y café, sito en la calle Jaime Zudañez No. 2601, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal