Resolución N° 185/13/0114
Nro de Expediente:
3260-020831-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/8/2013


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 11,1305 (Unidades Reajustables once con mil trescientas cinco diezmilésimas) al Sr. Antonio González Vázquez, CI.: 1.301.536-1, con domicilio al los efectos legales en la calle Gabriel Pereira No. 2979.-

Montevideo, 19 de Agosto de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el desnivel de vereda ubicada en la calle sita 26 de marzo No. 3353, propiedad del Sr. Antonio González Vázquez, CI.: 1.301.536-1, con domicilio al los efectos legales en la calle Gabriel Pereira No. 2979;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 32/13/0114 de fecha 06/II/2013), habiéndose realizado una nueva inspección realizada por el Ayudante de Arquitecto del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 del día 24/VI/2013, se pudo comprobar que la vereda se encontraba en las mismas condiciones;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 11,1305 (por contumacia), por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 11,1305 (Unidades Reajustables once con mil trescientas cinco diezmilésimas) al Sr. Antonio González Vázquez, CI.: 1.301.536-1, con domicilio al los efectos legales en la calle Gabriel Pereira No. 2979, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal