Resolución N° 127/21/0114
Nro de Expediente:
2021-0014-98-000218
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/7/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
Establecer una partida mensual, la que se actualizará al 30 de junio de cada año según el equivalente en UR correspondiente al Municipio tal como figura en la tabla anexa, a fin de aportar al financiamiento del Plenario de Municipios de Uruguay, para los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025.

Montevideo, 29 de Julio de 2021.-
 
        VISTO: Que desde el año 2018 los Municipios del Uruguay colaboran en el financiamiento del Plenario de Municipios, mediante el pago de cuotas mensuales permanentes, actualizables y diferenciadas atendiendo a los distintos ingresos de los Municipios.
        RESULTANDO: 1) que el Plenario de Municipios de Uruguay mantiene un conjunto de desafíos que requieren de una fuente de financiamiento propio.
        2) Que de acuerdo a la tabla presentada por el Plenario de Municipios de Uruguay que sugiere los aportes por mes a realizar por cada Municipio atendiendo a los distintos ingresos de cada uno, surge que al Municipio CH le corresponde el siguiente aporte mensual en U.R. (Unidades Reajustables) para el año 2021 actualizado al 30 de junio de 2020.
        AÑO
        EQUIVALENTE en UR
        EQUIVALENTE EN $
        2021
        0,5
        584

        CONSIDERANDO: 1) Lo resuelto en sesión del Concejo Municipal Nº 37 del día 28 de julio de 2021.
        2) Que el Municipio tiene asignado recursos del literal A) del artículo 664 de la Ley N° 19.924 del Fondo de Incentivo para la Gestión Municipal.
        ATENTO: a lo anteriormente expuesto y a lo dispuesto por el articulo 29 Lit. B del TOCAF y art. 13 y 19 de la Ley N° 19.272.
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1) Establecer una partida mensual, la que se actualizará al 30 de junio de cada año según el equivalente en U.R. correspondiente al Municipio tal como figura en la tabla anexa, a fin de aportar al financiamiento del Plenario de Municipios de Uruguay, para los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025.
        AÑO
        EQUIVALENTE EN UR
        2021
        0,5
        2022
        0,5
        2023
        0,5
        2024
        0,5
        2025
        0,5
        2) Autorizar a que dicha suma sea retenida por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la asignación prevista en el Literal A) del artículo 664 de la Ley N° 19.924, de la siguiente manera: el equivalente a la cuota mensual de seis meses se depositará 2 veces al año en la cuenta bancaria informada por el Congreso de Intendentes cuyo destino es financiar el “Fondo Plenario de Municipios”.
        3) Notificarse y oportunamente archivarse.
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal

Andrés Burcatovsky,Concejal