Resolución N° 8/23/0114
Nro de Expediente:
2021-3260-98-000855
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/1/2023


Tema:
RECURSO DE REPOSICION

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Dra. Camila Hargain Mat. 15.091 en representación de los Copropietarios del Padrón Nro. 124.695
contra la multa impuesta bajo Resolución Nro. 180/22/0114 de fecha 24 de octubre de 2022 por un valor de U.R. 20.-


Montevideo, 20 de Enero de 2023.-
 
        VISTO: el recurso de reposición y apelación, interpuesto por la Dra. Camila Hargain Mat. 15.091 en representación de los Copropietarios del Padrón Nro. 124.695, contra la multa impuesta bajo Resolución Nro. 180/22/0114 de fecha 24 de octubre de 2022 por un valor de U.R. 20 por no realizar los trabajos necesarios para evitar el pasaje de filtraciones y humedades a la finca sita en la calle Roberto P. Riveros Nro. 1284 Apto. 002;
        RESULTANDO: 1o.) que la impugnante con fecha 10/XI/2022 presenta recurso de revocación contra la Resolución dictada, la misma funda sus agravios en que según sostiene: a) el propietario de la unidad 001 y la Sra. Carolina Grande, detectadas las filtraciones en cañería de la unidad 101, a finales de marzo de 2022 se realizaron reparaciones en las cañerías del baño del inmueble, lo cual habría sido comunicado al propietario de la unidad 001. b) que la unidad 001 tampoco realiza pruebas manométricas y de estanqueidad, pero solamente se sancionó a la unidad 101, lo que atenta contra el principio de igualdad. c) que el apartamento 101 se mantuvo desocupado en el periodo diciembre de 2021 y junio de 2022, por lo cual las notificaciones realizadas en ese inmueble durante ese período no son válidas y le causaron indefensión. d) que no recibieron ninguna notificación anterior, sino solamente de la resolución que se impugna. e) que la resolución impugnada carece de motivos, por cuanto la intimación que originó la multa fue mal practicada y no produjo efectos;
        2o.) que el Abogado Asesor de este Municipio, con fecha 28/XI/2022, informa que entiende pertinente no hacer lugar a la impugnación incoada, correspondiendo realizar las notificaciones pendientes de la Resolución que impone la multa a Raúl Armando y Gladys Yolanda Morchio Mesanza, entregando los cedulones en Roberto P. Riveros 1282 apto. 101, la cual se realizó con fecha 06/XII/2022.
        3o.) que por lo expuesto sugiere no hacer lugar al recurso de reposición dictando resolución en tal sentido y franquear el recurso de apelación ante la Intendenta de Montevideo girando las presentes actuaciones a la División Asesoría Jurídica.;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal entiende conveniente proveer de conformidad a lo informado;
        2o.) que por Resoluciones Nros. 3642/10 de 9/VIII/10 y 3797/10 de 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
      1.-No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Dra. Camila Hargain Mat. 15.091 en representación de los Copropietarios del Padrón Nro. 124.695, contra la multa impuesta bajo Resolución Nro. 180/22/0114 de fecha 24 de octubre de 2022 por un valor de U.R. 20.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y remítase a sus efectos a la División Asesoría Jurídica.
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal