Resolución N° 91/18/0114
Nro de Expediente:
2017-3250-98-000287
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/4/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la Firma VALARA S.R.L., R.U.T. 217900470019 , con domicilio a los efectos legales en la Avda. Garibaldi Nro. 2645.-

Montevideo, 12 de Abril de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a restaurante, sito en la Avda. Garibaldi Nro. 2645, propiedad de la Firma VALARA S.R.L., R.U.T. 217900470019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 el día 22/I/2018, no se ha procedido a presentar las habilitaciones municipales (Locales Comerciales) que autorice el funcionamiento del referido local ni de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar en un plazo de 10 (diez) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6 y otra de U.R. 10 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84, notificado con fecha 14/III/2018;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la Firma VALARA S.R.L., R.U.T. 217900470019 , con domicilio a los efectos legales en la Avda. Garibaldi Nro. 2645, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 4.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal