Resolución N° 29/25/0114
Nro de Expediente:
2024-3260-98-000997
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/2/2025


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 24 (Unidades reajustables veinticuatro) a la Sra. María Cecilia Carrau Carrau, C.I: 1.793.358-0 y del Sr. Roberto Gallinal Gamundi, C.I: 1.972.335-0; propietarios de la finca sita en la calle Bernardino Baez Nro. 498, Padrón Nro. 125.558, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 19 de Febrero de 2025.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el rebaje de cordón sito en la calle Bernardino Baez Nro. 498, Padrón Nro. 125.558, propiedad de la Sra. María Cecilia Carrau Carrau, C.I: 1.793.358-0 y del Sr. Roberto Gallinal Gamundi, C.I: 1.972.335-0;
        RESULTANDO: 1o.) que el Inspector del Servicio C.C.Z. Nro. 5 constató el día 30/XII/2024 el rebaje de cordón frente a el domicilio, intimando a presentar en el Servicio el permiso para dicho rebaje otorgando un plazo de 48 hs (cuarenta y ocho);
        2o.) que ante el incumplimiento, se informa que la sanción es de U.R. 24 (Unidades reajustables veinticuatro), correspondiente al Decreto 21.626, Título V, Capítulo VI, División Vialidad, Sección I, Servicio Mantenimiento Vialidad, Art.194.2. La realización de obras de rebaje de cordón o de modificaciones existentes sin la correspondiente autorización hará pasible al titular del inmueble frentista del pago de una multa de U.R 5 (Unidades Reajustables cinco). En el caso que la modificación del rebaje que implique alteración o sustitución del cordón de granito ya existente, el titular del inmueble frentista deberá abonar además en concepto de multa U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) por metro lineal de cordón de granito, notificado el día 27/I/2025.
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 24 (Unidades reajustables veinticuatro) a la Sra. María Cecilia Carrau Carrau, C.I: 1.793.358-0 y al Sr. Roberto Gallinal Gamundi, C.I: 1.972.335-0; propietarios de la finca sita en la calle Bernardino Baez Nro. 498, Padrón Nro. 125.558, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Roberto Patrone, Alcalde.-

Álvaro Maynard,Concejal