Resolución N° 106/11/0114
Nro de Expediente:
3250-001710-11
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/6/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 14,8410 ( unidades reajustables catorce con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas) a la firma PAN Y PICO S.A. , R.U.T. 214900740011, responsable del establecimiento destinado a panadería, sito en Avda. Ramón Anador No. 3300.-

Montevideo, 24 de Junio de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el local destinado a panadería, sito en Avda. Ramón Anador No. 3300, cuyo responsable es la firma PAN Y PICO S.A., R.U.T. 214900740011, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 y 5 informan que pese a las intimaciones efectuadas y los plazos concedidos, no se ha procedido a levantar las observaciones constatadas en sucesivas inspecciones profesionales, por lo que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 14,8410, a la titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en la Sección XIII, Artículo 14, Numeral 2 del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 14,8410 ( unidades reajustables catorce con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas) a la firma PAN Y PICO S.A. , R.U.T. 214900740011, responsable del establecimiento destinado a panadería, sito en Avda. Ramón Anador No. 3300, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal