Resolución N° 18/21/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000386
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/1/2021


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) al Sr. Baltazar Villamide Escobio, CI.: 1.027.552-0, responsable del establecimiento, sito en la calle Williman Nro. 504, con domicilio a los efectos legales el la calle Williman Nro. 508, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 28 de Enero de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local ubicado en la calle Williman Nro. 504, propiedad del Sr. Baltazar Villamide Escobio, CI.: 1.027.552-0 con domicilio a los efectos legales en la calle Williman Nro. 508;
        RESULTANDO: 1o.) que en dicho establecimiento había un Local Gastronómico, el cual dejó de funcionar y el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 constató en inspección técnica, que no retiraron el toldo, el cerramiento con parante amurado a la acera y baranda con 3 mástiles de hierro, notificando con fecha 24/VII/2020 se otorgan 30 (treinta) días de plazo que en caso de incumplimiento dará lugar a la aplicación de la multa de referencia;
        2o.) que pese a la intimación efectuada y una nueva inspección con fecha 19/IX/2020 no se ha procedido a levantar las observaciones constatadas, por lo que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 8 al titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 21.626, 11- veredas_ocupación de veredas con soporte de toldos, Art. 2, Bienes del Dominio Publico, Secc I, notificado con fecha 12/XII/2020;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) al Sr. Baltazar Villamide Escobio, CI.: 1.027.552-0, responsable del establecimiento, sito en la calle Williman Nro. 504, con domicilio a los efectos legales el la calle Williman Nro. 508, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Alvaro Maynard,Concejal