Resolución N° 89/13/0114
Nro de Expediente:
3260-026409-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/4/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15,8304 (Unidades Reajustables quince con ocho mil trescientas cuatro diezmilésimas) a la firma LETANOR S.A., R.U.T. 216561580013, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Sarmiento No. 2377.-

Montevideo, 11 de Abril de 2013.-
 
        VISTO: las actuaciones relacionadas con la situación de denuncia de irregularidades y prejuicios provocados por pasaje peatonal sita en calle Sarmiento No. 2377 donde se realiza obra responsabilidad de la firma LETANOR S.A. , R.U.T. 216561580013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 11 de setiembre de 2012, se intimo a los titulares a ajustarse a la normativa de reglamentación de barreras en la vía pública, intimándose bajo Orden de Servicio No.20253;
        2o.) que se solicita la aplicación de una multa de U.R. 15,8304 por ser 16 metros lineales de barrera, al responsable de las obras, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, Literal B del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 15,8304 (Unidades Reajustables quince con ocho mil trescientas cuatro diezmilésimas) a la firma LETANOR S.A., R.U.T. 216561580013, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Sarmiento No. 2377, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Sector Inspectivo de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal