Resolución N° 190/21/0114
Nro de Expediente:
2019-3260-98-000979
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/10/2021


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 18 (Unidades Reajustables dieciocho) - 1ra.reincidencia y contumacia- a la firma GREEN MARKET S.R.L., R.U.T. 180313530011, responsable del establecimiento sito en la Avda. Brasil Nro. 2838, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 20 de Octubre de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de frutas y verduras, sito en la Avda. Brasil Nro. 2838, perteneciente a la Firma GREEN MARKET S.R.L., R.U.T. 180313530011, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nº 69/21/0114 de fecha 13/V/2021), en inspección técnica se constata que siguen sin levantar las observaciones;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 informa que, pese a la intimación efectuada, no se ha procedido a levantar las observaciones constatadas, por lo que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 18 (1ra.reincidencia y contumacia) al titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 21.626, Sec.XIII, Art. 14, 21 y 22, notificado con fecha 05/X/2021;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 18 (Unidades Reajustables dieciocho) - 1ra.reincidencia y contumacia- a la firma GREEN MARKET S.R.L., R.U.T. 180313530011, responsable del establecimiento sito en la Avda. Brasil Nro. 2838, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal