Resolución N° 61/19/0114
Nro de Expediente:
2017-5231-98-002919
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/3/2019


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la empresa DESPUL S.A., R.U.T. 217528370011, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 2014, oficina 402, por la vereda ubicada en la calle Obligado Nro. 1395 (padrón Nro. 134921).-

Montevideo, 1 de Marzo de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente al la finca ubicada en la calle Obligado Nro. 1395, de la cual es propietaria la empresa DESPUL S.A., R.U.T. 217528370011, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 2014, oficina 402;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 con fecha 18/X/2018 intimó a la titular de obrados a adecuar la vereda a la normativa vigente, dado que la vereda presenta una nivelación inadecuada, otorgándose un plazo de 30 (treinta) días;
        2o.) que en inspección de fecha 04/XII/2018 se constató que los trabajos solicitados no se han realizado, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) según lo establece el Decreto 21.626, Secc II, Art 3, Num 17;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la empresa DESPUL S.A., R.U.T. 217528370011, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 2014, oficina 402, por la vereda ubicada en la calle Obligado Nro. 1395 (padrón Nro. 134921) por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal