Resolución N° 139/20/0114 | Nro de Expediente:
2020-3260-98-000103 |
MUNICIPIO CH - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
22/9/2020 |
Tema:
MULTA HUMEDADES
Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) al Sr. Salvador Roberto Improta Copelotti, C.I: 970.919-3, propietario de la finca sita en Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1454/1458 y Francisco Bauzá 3501/3485, con domicilio a los efectos legales en Cno. Gral. Máximo Santos Nro. 4441.-
Montevideo, 22 de Setiembre de 2020.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el padrón Nro. 198770 ubicado en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1454/1458 y Francisco Bauzá 3501/3485, propiedad del Sr. Salvador Roberto Improta Copelotti, C.I: 970.919-3, con domicilio a los efectos legales en Cno. Gral. Máximo Santos Nro. 4441;
RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5, intimó a los titulares de obrados, a realizar los trabajos necesarios para evitar el pasaje de filtraciones y humedades a la finca sita en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1462, dándose reiterados plazos, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 20, según lo establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A del Decreto Nro. 21626;
2o.) que al día de la fecha no se ha solucionado el problema de humedades constatadas;
3o.) que el día 04/IX/2020 se notifica la aplicación de la multa de referencia;
CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
RESUELVE: 1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) al Sr. Salvador Roberto Improta Copelotti, C.I: 970.919-3, propietario de la finca sita en Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1454/1458 y Francisco Bauzá 3501/3485, con domicilio a los efectos legales en Cno. Gral. Máximo Santos Nro. 4441, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
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Ana María Larrañaga,Alcaldesa.-
Alvaro Maynard,Concejal | |
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