Resolución N° 58/18/0114
Nro de Expediente:
2018-0014-98-000104
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/4/2018


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) y otra de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la firma DOMFIS S.A., R.U.T. 217418800011, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Solano García Nro. 2433/43.-

Montevideo, 2 de Abril de 2018.-
 
        VISTO: las actuaciones relacionadas con la situación de denuncia de irregularidades y prejuicios provocados por vertimiento de material que obstruye boca tormenta así como utilización del espacio público como depósito de materiales, en la calle Solano García Nro. 2433/43 donde se realiza obra responsabilidad de la firma DOMFIS S.A., R.U.T. 217418800011, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección realizada con fecha 23 de febrero de 2018, se notifica la aplicación de multa por la infracción constatada bajo Orden de Servicio Nº 052475;
        2o.) que se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 (vertimiento de material que obstruye boca tormenta) y otra de U.R. 7 (espacio público como depósito de materiales) al responsable de las obras, por infracción a lo dispuesto en el Decreto No. 14.001 de 09/VIII/67 y art. 4; literal b; nral. 8 del decreto 21.626, respectivamente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) y otra de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la firma DOMFIS S.A., R.U.T. 217418800011, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Solano García Nro. 2433/43, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal