Resolución N° 76/14/0114
Nro de Expediente:
3260-016180-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/3/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Revocar parcialmente la Resoluciones No. 25/14/0114 de fecha 18 de febrero de 2014, modificando donde dice "Aplicar una multa de U.R. 6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas)" debe decir "Aplicar una multa de U.R. 6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas)".-

Montevideo, 24 de Marzo de 2014.-
 
        VISTO: la Resolución No. 25/14/0114 de fecha 18 de febrero de 2014;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se aplicó una multa de U.R. 6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas) a la Firma STEINBERG VÁZQUEZ JUAN IGNACIO, CI.: 4.056.478-3, R.U.T. 216729400017, responsable del establecimiento destinado a cafetería, sito en la calle Pedro Francisco Berro No. 916, con igual domicilio a los efectos legales, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84; 2o.) que se padeció un error al aplicar la multa por falta de Habilitación de Bomberos ya que el trámite estaba en curso, como presentó la gestora de los interesados;
        CONSIDERANDO: 1o.) que en el informe del Abogado Asesor de este Municipio sugiere la revocación parcial de la resolución 25/14/0114 dejando sin efecto la sanción de U.R. 9,8940 por falta de Habilitación de Bomberos;
        2o.) que se considera necesario realizar el cambio mencionado;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
        1.- Revocar parcialmente la Resoluciones No. 25/14/0114 de fecha 18 de febrero de 2014, modificando donde dice "Aplicar una multa de U.R. 6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas)" debe decir "Aplicar una multa de U.R. 6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas)", manteniendo firme sus restantes términos.-
        2.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Luis Luján,Alcalde .-

Hugo Medici,Concejal