VISTO: las presentes actuaciones relacionadas a la finca sita en la calle PRUDENCIO VÁZQUEZ y VEGA Nro. 919, padrón Nro. 99205;
RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5, intimó a los titulares de obrados, a realizar los trabajos necesarios efectuados mediante firma técnica responsable, Arquitecto, Ingeniero o Técnico Sanitario habilitado por la Intendencia o en su defecto, nota de conformidad del denunciante sobre los trabajos realizados, para evitar el pasaje de filtraciones y humedades a la unidad 901 de dicho padrón, dándose reiterados plazos, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 20, según lo establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A del Decreto Nº 21.626;
2o.) que en virtud de que no se han certificado los trabajos realizados, se notificó a los copropietarios con fecha 21/IX/2024, que por no haber dado cumplimiento se aplicará la sanción prevista;
CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a los copropietarios del padrón Nro. 99205 sita en la calle PRUDENCIO VAZQUEZ Y VEGA Nro. 919 que a continuación se detallan:
UNIDAD 101 CI.:
Sebastián ARAMBURÚ DI TRÁPANI 3.470.138-
UNIDAD 102
Natalia KIRSCHNER 3.928.739-4
UNIDAD 201
Claudia AMENGUAL 1.792.289-7
UNIDAD 202
Melina PÉREZ 4.007.325-9
UNIDAD 301
Ana María VELAZCO 1.646.750-3
UNIDAD 302
Pablo GUISANDE 3.733.921-2
Ana Maria TROTTA 770.429-5
UNIDAD 401
Daniel BENSEÑOR 3.416.118-7
UNIDAD 402
María Laura SOUTO 4.644.061-6
Natalia SOUTO 4.644.127-8
UNIDAD 501-601-702
María CAAMAÑO FUENTES 1.272.040-8
Gerardo AGIS SAN MARTÍN 782.838-0
UNIDAD 502
Nora Inés CALVO 1.537.715-5
UNIDAD 602
Raquel BODNIA 800.484-4
UNIDAD 701
Hugo PALARINO 1.111.719-3
UNIDAD 801
RYVIA S.A. 216382150014
UNIDAD 802
RYVIA S.A. 216382150014
UNIDAD 901
Estrella YAFE 1.455.509-1
UNIDAD 902
Carlos GIANELLI 1.128.590-0
UNIDAD 1001
Gabriel ALSINA DEVOTO 3.023.083-1
UNIDAD 1002
Adriana GIORDANO 1.498.174-1
por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-