Resolución N° 286/24/0114 | Nro de Expediente:
2024-3260-98-000472 |
MUNICIPIO CH - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
12/11/2024 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) a la firma FORTER S.A., R.U.T.: 213720560017, responsable del local destinado a tienda de ropa en la Av. Luis Alberto de Herrera Nro. 1290, local 346, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución
Montevideo, 12 de Noviembre de 2024.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a tienda de ropa sito en la Av. Luis Alberto de Herrera Nro. 1290, local 346, responsable la firma FORTER S.A., R.U.T.: 213720560017;
RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 del día 26/IX/2024, se pudo comprobar que carecía de la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos (por lo que cae la habilitación de locales comerciales) intimándose a presentar en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita aplicar una multa de U.R. 3 por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de fecha 23/IV/84, notificando al interesado el día 26/X/2024;
CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CHRESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) a la firma FORTER S.A., R.U.T.: 213720560017, responsable del local destinado a tienda de ropa en la Av. Luis Alberto de Herrera Nro. 1290, local 346, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
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Matilde Antía,Alcaldesa.-
Álvaro Maynard,Concejal |  |
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