Resolución N° 139/25/0114
Nro de Expediente:
2016-3250-98-000052
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/7/2025


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la firma F.AGUIRRE S.R.L., R.U.T. 217009250015, responsable del establecimiento destinado a ferretería, sito en la calle Santiago Gadea Nro. 3173, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución

Montevideo, 5 de Julio de 2025.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a ferretería, sito en la calle Santiago Gadea Nro. 3173, perteneciente a la firma F.AGUIRRE S.R.L., R.U.T. 217009250015;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 4 el día 25/IV/2025, se pudo comprobar que carecía de la habilitación de la Dirección Nacional de bomberos por lo que cae la habilitación de locales comerciales, intimándosele a presentar en un plazo de 1 (un) mes en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado el día 10/VI/2025 se notifica que se aplicará una multa de U.R. 6, por infracción a lo dispuesto en Resolución Nro. 211/19/0114;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la firma F.AGUIRRE S.R.L., R.U.T. 217009250015, responsable del establecimiento destinado a ferretería, sito en la calle Santiago Gadea Nro. 3173, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4.-
Roberto Patrone, Alcalde.-

Lucas Novoa,Concejal