Resolución N° 165/15/0114
Nro de Expediente:
3260-013436-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/4/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables veinticinco) a la firma RIKALES S.A. S.A., R.U.T. 216803700015, propietaria del inmueble demolido ubicado en la calle Francisco Solano Antuña No. 2668, con domicilio a los efectos legales en la calle Plaza Independencia No. 1376 piso 1.-

Montevideo, 22 de Abril de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la orden de demolición del padrón N° 166391, ubicado en la calle Francisco Solano Antuña No. 2668, propiedad de la firma RIKALES S.A., R.U.T. 216803700015, con domicilio a los efectos legales en la calle Plaza Independencia No. 1376 piso 1;
        RESULTANDO: 1o.) que el mencionado Servicio informa que se han observado perjuicios en la medianera con los padrones linderos, por lo cual se procedió a notificar a la firma propietaria del inmueble demolido a las reparaciones necesarias, las cuales no fueron reparadas ni se presentó descargo;
        2o.) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 eleva las actuaciones, solicitando la aplicación de una multa de U.R. 25 según lo establecido en el art. D3254 del Digesto Municipal, por incumplimiento en la ejecución de la impermeabilización de los muros linderos con el padrón N° 166391;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE
      1.-Aplicar una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables veinticinco) a la firma RIKALES S.A., R.U.T. 216803700015, propietaria del inmueble demolido ubicado en la calle Francisco Solano Antuña No. 2668, con domicilio a los efectos legales en la calle Plaza Independencia No. 1376 piso 1, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 5.-
Hugo Medici,Alcalde.-

Mónica Leirós,Concejal