Resolución N° 65/12/0114
Nro de Expediente:
3260-009737-10
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/6/2012


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 49,7900 (Unidades Reajustables cuarenta y nueve con siete mil novecientas diezmilésimas) a la firma IKELPARK S.A. R.U.T.216073790019; propietario de la finca sita en Av. Luis Alberto de Herrera Nº1379/ 1383, con domicilio a los efectos legales en la calle Florida Nº1528

Montevideo, 20 de Junio de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en Av. Luis Alberto de Herrera Nº1379/ 1383, propiedad de la firma IKELPARK S.A. R.U.T. 216073790019, con domicilio a los efectos legales en la calle Florida Nº1528;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, intimó el día 23/08/2010 al titular de obrados, a realizar los trabajos necesarios para solucionar problemas de fisura, roturas y humedades generadas en muro y azotea, dándose un plazo de diez días, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 49,4700, según lo establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A del Decreto No. 21626;
      2o.) que mediante una segunda inspección profesional del día 5/10/2010 se constató que la situación permanece incambiada y se otorgan treinta diaz para efectuar los trabajos que correspondan a fin de solucionar los problemas causados, y que realizandoce una tercera inspeccion el dia 10/08/2011 la situacion permanece incambiada por lo que se sugiere la aplicación de dicha multa;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 49,7900 (Unidades Reajustables cuarenta y nueve con siete mil novecientas diezmilésimas) a la firma IKELPARK S.A. R.U.T.216073790019; propietario de la finca sita en Av. Luis Alberto de Herrera Nº1379/ 1383, con domicilio a los efectos legales en la calle Florida Nº1528, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5
Luis Lujan,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal