Resolución N° 93/25/0114
Nro de Expediente:
2023-3250-98-000389
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/5/2025


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) -2da. reincidencia- a la firma SILVA DIAZ PATRICIA ALEJANDRA,C.I.:1.980.783-5, R.U.T.: 219391150018; responsable del establecimiento sito en Av. Italia Nro. 3152, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 20 de Mayo de 2025.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de frutas y verduras, sito en Av. Italia Nro. 3152 local perteneciente a la firma SILVA DIAZ PATRICIA ALEJANDRA, C.I.: 1.980.783-5, R.U.T.: 219391150018;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución Nro. 76/24/0114 de fecha 03/IV/2024 y Resolución Nro. 245/24/0114 de fecha 23/IX/2024) habiéndose realizado una nueva intimación con fecha 09/IV/2025 se pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal (Regulación Alimentaria) otorgándose plazo de 15 (quince) días para la presentación de los trámites en dicho servicio;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado el día 16/V/2025 se notifica la aplicación de una multa de U.R. 6 -2da. reincidencia-, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) -2da. reincidencia- a la firma SILVA DIAZ PATRICIA ALEJANDRA,C.I.:1.980.783-5, R.U.T.: 219391150018; responsable del establecimiento sito en Av. Italia Nro. 3152, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4.-
Roberto Patrone, Alcalde.-

Lucas Novoa,Concejal