Resolución N° 241/16/0114
Nro de Expediente:
3260-001538-16
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/6/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar 2 (dos) multas de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la Firma BALI URUGUAY S.R.L., R.U.T. 217574850012, responsable del establecimiento destinado a restaurante sito en la calle Marco Bruto Nro. 1300.-

Montevideo, 6 de Junio de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Marco Bruto Nro. 1300, perteneciente a la Firma BALI URUGUAY S.R.L., R.U.T. 217574850012, con igual domicilio a los efectos legales
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 del día 05/II/2016, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Locales Comerciales y Salientes Desmontables), intimándosele a presentar en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84 y otra multa de U.R. 6 por infracción a lo dispuesto en la Sección II, Artículo 3º, inciso 16 del Decreto No. 21.626 (Salientes Desmontables);
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar 2 (dos) multas de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la Firma BALI URUGUAY S.R.L., R.U.T. 217574850012, responsable del establecimiento destinado a restaurante sito en la calle Marco Bruto Nro. 1300, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal