Resolución N° 76/18/0114
Nro de Expediente:
2017-3260-98-001132
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/4/2018


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) y otra multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la Firma LIMITAL S.A., R.U.T. 217737780018, responsable del saliente desmontable instalado en el establecimiento sito en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1394 unidad 1.-

Montevideo, 2 de Abril de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con saliente desmontable (marquesina) en el establecimiento sito en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1394 unidad 1, de la cual es responsable la Firma LIMITAL S.A., R.U.T. 217737780018, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 intimó al titular el día 05/I/2018 a que se ajustara a la normativa vigente de salientes desmontables (marquesina) en un plazo de 30 (treinta) días, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 8 según lo establecido en el Decreto 21626, Secc II, Art 3, Num 7 y una sanción de U.R. 8 según lo establecido en el Decreto 21626, Secc II, Art 3, Num 16
        2o.) que al no haberse dado cumplimiento, pese al tiempo transcurrido y al plazo concedido, la mencionada dependencia sugiere la aplicación de la sanción de referencia, notificando con fecha 26/II/2018;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) y otra multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la Firma LIMITAL S.A., R.U.T. 217737780018, responsable del saliente desmontable instalado en el establecimiento sito en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1394 unidad 1, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal