Resolución N° 160/20/0114
Nro de Expediente:
2018-3260-98-000775
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/10/2020


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) al Sr. Agostino Oliva Crispino, CI.: 1.210.377-5, responsable del establecimiento , sito en la calle Luis de la Torre Nro. 701

Montevideo, 21 de Octubre de 2020.-
 
        VISTO: los obrados relacionados con el toldo instalado en el establecimiento, sito en la calle Luis de la Torre Nro. 701, propiedad del Sr. Agostino Oliva Crispino, CI.: 1.210.377-5, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Braile Nro. 3121 - J ;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 intimó al titular a que se retire por parte del propietario la salientes desmontables (toldo), dándose un plazo de 30 (treinta) días, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 8, según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, inciso 16 del Decreto Nro. 21.626 notificandose con fecha 15/II/2020;
        2o.) que, al no haberse dado cumplimiento, pese al tiempo transcurrido y al plazo concedido, la mencionada dependencia sugiere la aplicación de la sanción de referencia, notificando con fecha 21/IX/2020;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) al Sr. Agostino Oliva Crispino, CI.: 1.210.377-5, responsable del establecimiento , sito en la calle Luis de la Torre Nro. 701, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Braile Nro. 3121 - J , por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Ana María Larrañaga,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal