Resolución N° 217/25/0114
Nro de Expediente:
2025-0014-98-000359
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/10/2025


Tema:
VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (Unidades Reajustables una) al Sr. Pablo Mauricio Viana Martínez, C.I.: 4.524.315-2 responsable del mantenimiento de retiro frontal ubicado en la calle Pedro Berro esq. Jaime Sudáñez, Padrón Nro. 148.707, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 21 de Octubre de 2025.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene y mantenimiento de retiro frontal ubicado en la calle Pedro Berro esq. Jaime Sudáñez, Padrón Nro. 148.707, propiedad del Sr. Pablo Mauricio Viana Martínez, C.I.: 4.524.315-2;
        RESULTANDO: 1o.) que el Sector Inspectivo del Municipio CH constató falta de higiene y mantenimiento en dicho padrón, notificándose el día 17/09/2025 al titular que debía realizar el mantenimiento correspondiente en un plazo de 10 (diez) días y en caso de incumplimiento se aplicará la sanción correspondiente.
        2o.) que con fecha 03/X/2025 se notifica que se aplicará una multa de U.R. 1 por infracción a lo dispuesto en la Sección III, Art.4, Inc. B, Lit. 19 del Dec.21626 (Falta de Higiene) y Dec. 14.001,Sección III, Art.17(limpieza de solares);

        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 1 (Unidades Reajustables una) al Sr. Pablo Mauricio Viana Martínez, C.I.: 4.524.315-2 responsable del mantenimiento de retiro frontal ubicado en la calle Pedro Berro esq. Jaime Sudáñez, Padrón Nro. 148.707, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor .
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Lucas Novoa,Concejal