Resolución N° 53/19/0114
Nro de Expediente:
2017-3260-98-000516
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/3/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) a la Firma SILVA SOSA, VIRGINIA, CI.: 4.267.415-0, R.U.T. 217925390019, responsable del establecimiento destinado a heladería, sito en la Avda. Rivera Nro. 2596

Montevideo, 1 de Marzo de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a heladería, sito en la Avda. Rivera Nro. 2596, perteneciente a la Firma SILVA SOSA, VIRGINIA, CI.: 4.267.415-0, R.U.T. 217925390019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución Nro. 288/17/0114 de fecha 14/VIII/2017 y Resolución Nro. 190/18/0114 de fecha 03/VIII/2018), habiéndose realizado una nueva intimación con fecha 19/XI/2018 otorgando 5 (cinco) días para la presentación de las habilitaciones solicitadas, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Regulación Alimientaria-2da. Reincidencia-);
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 13, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84, habiéndose notificado con fecha 03/XII/2018;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) a la Firma SILVA SOSA, VIRGINIA, CI.: 4.267.415-0, R.U.T. 217925390019, responsable del establecimiento destinado a heladería, sito en la Avda. Rivera Nro. 2596, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal