Resolución N° 6/13/0114
Nro de Expediente:
3260-004962-11
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/1/2013


Tema:
VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5.1943 (Unidades Reajustables cinco con mil novecientos cuarenta y tres diezmilésimas) a la Sra. Susana Gravier, CI.: 966.566-7, responsable de la vereda frente a la finca sita en Bvar. General Artigas No. 492/94/96, Padrón No. 31944.-

Montevideo, 10 de Enero de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente a la finca sita en Bvar. General Artigas No. 492/94/96, Padrón No. 31944, de la cual es responsable la Sra. Susana Gravier, CI.: 966.566-7, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que por resolución No. 57/11/0114 de fecha 29/IV/2011 se aplicó una multa de U.R. 3.4629 según lo establecido en el Decreto Nº 21.626, Sec.II Art 3, Inc. 17;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 en la inspección realizada el día 19/X/2011 con orden de servicio Nº 336859 constató que la vereda permanecía en mal estado y se intimó a la titular de obrados en reiteradas oportunidades a repararla, bajo apercibimiento en caso de omisión, de la sancione correspondiente por contumacia;
        3o.) que por lo expuesto, el Área de Arquitectura del Servicio Centro Comunal No. 5, informa que la sanción que corresponde aplicar es de U.R. 5.1943 (Unidades Reajustables cinco con mil novecientos cuarenta y tres diezmilésimas), según lo que, a tales efectos, establece el Decreto Nº 21.626, Sec.II Art 3, Inc. 17;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones
        Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 5.1943 (Unidades Reajustables cinco con mil novecientos cuarenta y tres diezmilésimas) a la Sra. Susana Gravier, CI.: 966.566-7, responsable de la vereda frente a la finca sita en Bvar. General Artigas No. 492/94/96, Padrón No. 31944, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5.-
Hugo Medici,Alcalde (I).-

Miguel Pereira,Concejal