Resolución N° 131/13/0114
Nro de Expediente:
3260-029478-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/6/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas) a la Firma YAÑEZ HERMOSILLA BRIGIDA DEL CARMEN C.I. (CHILENA): 8.318.818-9; R.U.T. 217056680012, responsable del establecimiento destinado a heladería, sito en la Avda. Brasil No. 2986.-

Montevideo, 20 de Junio de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a heladería, sito en la Avda. Brasil No. 2986, perteneciente a la Firma YAÑEZ HERMOSILLA BRIGIDA DEL CARMEN C.I. (CHILENA): 8.318.818-9; R.U.T. 217056680012, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 el día 10/11/2012, intima al titular a presentar habilitaciones municipales (Habilitación de Locales Comerciales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), informandole que cuenta con 48 (cuarenta y ocho) horas para presentar las mismas en el mencionado Servicio;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, el día 04/I/2013 se le notifica que se le aplicara una multa de U.R. 6.4776, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas) a la Firma YAÑEZ HERMOSILLA BRIGIDA DEL CARMEN C.I. (CHILENA): 8.318.818-9; R.U.T. 217056680012, responsable del establecimiento destinado a heladería, sito en la Avda. Brasil No. 2986, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal