Resolución N° 92/25/0114
Nro de Expediente:
2025-3250-98-000042
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/5/2025


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la firma OLIVERA SILVA, ROSA ISELA, R.U.T. 217660720016, CI.: 1.787.721-0 responsable del local destinado a barraca de leña sito en la calle Maipú Nro. 1735, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 20 de Mayo de 2025.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a barraca de leña, sito en la calle Maipú Nro. 1735, perteneciente a la firma OLIVERA SILVA, ROSA ISELA, R.U.T. 217660720016, CI.: 1.787.721-0;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 4 el día 22/III/2025, se pudo comprobar que carecía de la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos (por lo que cae la habilitación de locales comerciales), intimándose a presentar en un plazo de 10 (diez) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, el día 25/IV/2024 se notifica que se aplicara una multa de U.R. 6, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la firma OLIVERA SILVA, ROSA ISELA, R.U.T. 217660720016, CI.: 1.787.721-0 responsable del local destinado a barraca de leña sito en la calle Maipú Nro. 1735, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4.-
Roberto Patrone, Alcalde.-

Lucas Novoa,Concejal