Resolución N° 318/24/0114
Nro de Expediente:
2024-0014-98-000483
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/12/2024


Tema:
MULTA DIRECTA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la empresa TOKAJ S.R.L; R.U.C.: 216847180017 responsable de la intervención indebida sobre raíz estructural perteneciente a un árbol del ornato público en la calle Miguel Barreiro Nro. 3088;

Montevideo, 17 de Diciembre de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la intervención indebida sobre raíz estructural perteneciente a un árbol del ornato público en la calle Miguel Barreiro Nro. 3088, padrón Nro. 30494 realizada por la empresa TOKAJ S.R.L; R.U.C.: 216847180017;
        RESULTANDO: 1o.) que el Sector Inspectivo de este Municipio con fecha 15/X/2024, notifica que deberán solicitar autorización al Sector Areas Verdes previo a toda intervención a realizar en el ornato público;
        2o.) que el sector Areas Verdes de este Municipio informa que con fecha 23/X/2024 se realiza cateo con la empresa de arbolado TAYM para comprobar el grado de afectación sobre el sistema radicular del ejemplar de fresno americano ( Fraxinus Pennsylvanica) allí ubicado, encontrándose daño sobre parte de la raíz descubierta;
        3o.) con fecha 13/XI/2024 se notifica la aplicación de una multa de U.R. 10 por infracción a lo establecido en el Art. 2 Inc. 2 Dec. 21626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
      1-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la empresa TOKAJ S.R.L; R.U.C.: 216847180017 responsable de la intervención indebida sobre raíz estructural perteneciente a un árbol del ornato público en la calle Miguel Barreiro Nro. 3088;
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal