Resolución N° 18/20/0114
Nro de Expediente:
2016-3250-98-000567
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/1/2020


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Dra. Sandra Rojas Ferreira Matricula Nro. 8104, en representación del Sr. Juan Augusto Alvarez Iglesias C.I.: 938.708-5, contra la multa impuesta bajo Resolución Nro. 64/19/0114 de fecha 01 de marzo de 2019 por un valor de U.R. 20.-

Montevideo, 28 de Enero de 2020.-
 
        VISTO: el recurso de reposición y apelación, interpuesto por la Dra. Sandra Rojas Ferreira Matricula Nro. 8104 en representación del Sr. Juan Augusto Alvarez Iglesias C.I.: 938.708-5, contra la multa impuesta bajo Resolución Nro. 64/19/0114 de fecha 01 de marzo de 2019 por un valor de U.R. 20 por no realizar los trabajos necesarios para evitar el pasaje de filtraciones y humedades a la finca sita en la calle Cairo Nro. 1959, Unidad 001;
        RESULTANDO: 1o.) que el impugnante presenta recurso de revocación contra la Resolución dictada, el misma funda sus agravios en que según sostiene, todo el proceso se encuentra viciado de irregularidades que van desde la propia denuncia, una inspección extrapetita, errónea calificación de daño, falta de aplicación del procedimiento establecido, vulneración del derecho al debido proceso, abuso y desviación de poder del CCZ, en violación de normas constitucionales y decretos municipales;
        2o.) que por lo expuesto el Abogado Asesor de este Municipio, con fecha 17/V/2019, sugiere no hacer lugar al recurso de reposición dictando resolución en tal sentido y franquear el recurso de apelación ante el Intendente de Montevideo girando las presentes actuaciones a la División Asesoría Jurídica.;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal entiende conveniente proveer de conformidad a lo informado;
        2o.) que por Resoluciones Nros. 3642/10 de 9/VIII/10 y 3797/10 de 23/VIII/10, la Sra. Intendente de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
      1.-No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Dra. Sandra Rojas Ferreira Matricula Nro. 8104, en representación del Sr. Juan Augusto Alvarez Iglesias C.I.: 938.708-5, contra la multa impuesta bajo Resolución Nro. 64/19/0114 de fecha 01 de marzo de 2019 por un valor de U.R. 20.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y remítase a sus efectos a la División Asesoría Jurídica.
Santiago Borsari,Alcalde (I).-

Alvaro Maynard,Concejal