Resolución N° 190/15/0114
Nro de Expediente:
3260-020831-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/5/2015


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) al Sr. Antonio González Vázquez, CI.: 1.301.536-1 y la Sra. María Isabel Dufour, CI.: 1.301.536-1, con domicilio al los efectos legales en la Avda. 18 de Julio No. 1744 oficina 1105.-

Montevideo, 26 de Mayo de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el desnivel de vereda ubicada en la calle sita 26 de marzo No. 3353, propiedad del Sr. Antonio González Vázquez, CI.: 1.301.536-1 y la Sra. María Isabel Dufour, CI.: 1.301.536-1, con domicilio al los efectos legales en la Avda. 18 de Julio No. 1744 oficina 1105;
        RESULTANDO: 1o.) que la Sra. Vanessa Dufourt, CI.: 3.803.965-9 con domicilio en la calle sito Pedro Francisco Berro No. 1273 apto. 301 presenta carta poder a los efectos de actuar en nombre y en representación del propietario;
        2o.) que el día 06 de agosto de 2014 se intima a reparar la vereda en cuestión y de la inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 con fecha 25 de setiembre de 2014 surge que no se dio cumplimiento al acondicionamiento;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 8, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 17, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) al Sr. Antonio González Vázquez, CI.: 1.301.536-1 y la Sra. María Isabel Dufour, CI.: 1.301.536-1, con domicilio al los efectos legales en la Avda. 18 de Julio No. 1744 oficina 1105, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Hugo Medici,Alcalde.-

Miguel Pereira,Concejal