Resolución N° 166/15/0114
Nro de Expediente:
3260-016133-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/4/2015


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausurar en forma preventiva del local destinado a colocación de láminas para polarizado de vidrio, sito en la calle 26 de marzo Nº 3326, perteneciente a la Firma VITRO GUARD S.R.L., R.U.T. 214488270017.-

Montevideo, 22 de Abril de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a colocación de láminas para polarizado de vidrio , sito en la calle 26 de marzo Nº 3326, perteneciente a la Firma VITRO GUARD S.R.L., R.U.T. 214488270017, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas ((Resolución No. 171/12/0114 de fecha 17/XI/2012, Resolución No. 129/13/0114 de fecha 20/VI/2013-1ª reincidencia-, Resolución No. 57/14/0114 de fecha 13/03/2014-2ª reincidencia- y su modificatíva 207/14/0114 de fecha 22/09/2014)
        2o.) que el día 07/III/2015, el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 notifica la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes, no obstante las gestiones realizadas (intimaciones, multas)
        3o.) que el Gobierno del Municipio CH expresa su conformidad a lo solicitado;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausurar en forma preventiva del local destinado a colocación de láminas para polarizado de vidrio, sito en la calle 26 de marzo Nº 3326, perteneciente a la Firma VITRO GUARD S.R.L., R.U.T. 214488270017, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 y pase a la Secretaría General a sus efectos.-
Hugo Medici,Alcalde.-

Mónica Leirós,Concejal