Resolución N° 89/12/0114
Nro de Expediente:
3260-008352-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/8/2012


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) al Sr. Manuel Alonso CI.: 1.213.624-3, propietarios de la finca sita en la calle Rafael Pastoriza No. 1417.-

Montevideo, 10 de Agosto de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Rafael Pastoriza No. 1417 propiedad del Sr. Manuel Alonso CI.: 1.213.624-3, con Igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, intimó el día 27/IV/2012 al titular de obrados, a realizar los trabajos necesarios para evitar el pasaje de filtraciones y humedades al inmueble sito misma calle No. 1415, dándose un plazo de 5 (cinco) días, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 9,8940 según lo establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A del Decreto No. 21626;
      2o.) que en fecha 11/05/2011 realizada la inspección se constata que la situación permanece incambiada dándose un nuevo plazo de 10 (diez) días, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R 19,7880;
      3o.) que a la fecha no se han presentado las pruebas sanitarias correspondientes por lo que se sugiere aplicar una multa de U.R 19,7880;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) al Sr. Manuel Alonso CI.: 1.213.624-3, propietarios de la finca sita en la calle Rafael Pastoriza No. 1417, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
      3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal