Resolución N° 147/13/0114
Nro de Expediente:
3260-003640-13
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/7/2013


Tema:
MULTA DIRECTA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables catorce con ochenta y cuatro centésimas), a la firma ENERPLUS S.A.; R.U.T 216062760016 con domicilio a los efectos legales en Bvar. Artigas No. 488 por infringir lo dispuesto en el Decreto Nos. 21626 Art. 2 inc. 2 (Grado 3).-

Montevideo, 5 de Julio de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la extracción de un ejemplar del ornato público en Bvar. Artigas No. 488 realizada por la empresa ENERPLUS S.A.; R.U.T 216062760016, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, al constatar la infracción, aconsejó la aplicación de una multa, de U.R. 15 por infracción a lo establecido en el Decreto Nos. 21626 Art. 2 inc. 2 (Grado 3);
        2o.) que consultada la Ing. Agrónoma Graciela Antonaccio del Servicio C.C.Z. No 5, con fecha 18/III/2013 expresa que de acuerdo al informe de fs.5 y 6 de obrados, el árbol extraído era un "Fraxinus Pennsylvanica", identificado con No. 38472 en Censo de arbolado del Sistema de Áreas Verdes, por lo cual corresponde aplicar multa por daños graves;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables catorce con ochenta y cuatro centésimas), a la firma ENERPLUS S.A.; R.U.T 216062760016 con domicilio a los efectos legales en Bvar. Artigas No. 488 por infringir lo dispuesto en el Decreto Nos. 21626 Art. 2 inc. 2 (Grado 3), por extracción de árbol frente a dicha finca;
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal