Resolución N° 147/16/0114
Nro de Expediente:
3260-011103-15
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/3/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma MIMATEC S.A., R.U.T. 212532040011 con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis A. de Herrera No. 1290 local 355.-

Montevideo, 18 de Marzo de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a venta de electrodomésticos sito en la Avda. Luis A. de Herrera No. 1290 local 355 propiedad de la empresa MIMATEC S.A., R.U.T. 212532040011, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 351/15/0114 de fecha 16/X/2015) habiéndose realizado una nueva inspección por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 del día 28/XII/2015, se solicita la documentación de las habilitaciones municipales (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Locales Comerciales-1ra. Reincidencia-) otorgándose un plazo de 5 (cinco) días para presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de los trámites actualizados o finales correspondientes;;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, el día 27/I/2016 se notifica que se aplicara una multa de U.R. 10, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma MIMATEC S.A., R.U.T. 212532040011 con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis A. de Herrera No. 1290 local 355, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal