Resolución N° 57/14/0114
Nro de Expediente:
3260-016133-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/3/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12,9552 (Unidades Reajustables doce con nueve mil quinientas cincuenta y dos diezmilésimas) a la Firma VITRO GUARD S.R.L., R.U.T. 214488270017, responsable del establecimiento destinado a colocación de láminas para polarizado de vidrio , sito en la calle 26 de marzo No. 3326.-

Montevideo, 13 de Marzo de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a colocación de láminas para polarizado de vidrio , sito en la calle 26 de marzo Nº 3326, perteneciente a la Firma VITRO GUARD S.R.L., R.U.T. 214488270017, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones No. 171/12/0114 de fecha 17/XI/2012 y Resoluciones No. 129/13/0114 de fecha 20/VI/2013 1ª Resoluciones No.), en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 el día 27/VIII/2013, con Orden de Servicio Nº 20858, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local de la Dirección Nacional de Bomberos-2ª Reincidencia-;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 12,9552 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 12,9552 (Unidades Reajustables doce con nueve mil quinientas cincuenta y dos diezmilésimas) a la Firma VITRO GUARD S.R.L., R.U.T. 214488270017, responsable del establecimiento destinado a colocación de láminas para polarizado de vidrio , sito en la calle 26 de marzo No. 3326, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Luis Luján,Alcalde .-

Hugo Medici,Concejal