Resolución N° 285/15/0111
Nro de Expediente:
0011-007328-15
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/10/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Delegar las contrataciones y compras agrupables, almacenables y gestionables, en el Ordenador establecido en el procedimiento habitual, o en el que se establezca a tal fin, sin perjuicio del monto de la misma, conforme a lo establecido en el Numeral 3º del Artículo 12, de la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre de 2014, y el Artículo 30 del T.O.C.A.F..-

Montevideo, 15 de Octubre de 2015.-
 
        VISTO:el Artículo 42, Numeral IV del Decreto 33.209, de la Junta Departamental de Montevideo, por el que se establece que es atribución de los Gobiernos Municipales "Ordenar gastos e inversiones, de conformidad con lo establecido en el Presupuesto Quinquenal o en respectivo Plan Financiero, así como las disposiciones vigente";
        RESULTANDO:1o.) que se hace necesario delegar las contrataciones y compras agrupables, almacenables y gestionables, en el Ordenador establecido en el procedimiento habitual, o en el que se establezca a tal fin, sin perjuicio del monto de las mismas;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal A, de conformidad con lo establecido en el Artículo 12, Numeral 3, de la Ley No.19.292 en su sesión de fecha 9 de octubre de 2015, dispuso, por mayoría absoluta de sus integrantes, dentro de la cual contó con el voto del Alcalde, delegar las contrataciones y compras agrupables, almacenables y gestionables en el Ordenador establecido en el procedimiento habitual, o en el que se establezca a tal fin, sin perjuicio del monto de la misma, conforme a lo establecido en el Numeral 3o. del artículo 12 de la Ley No. 19.272 del 18 de setiembre de 2014 y el Artículo 30 del T.O.C.A.F.;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE
        1.-Delegar las contrataciones y compras agrupables, almacenables y gestionables, en el Ordenador establecido en el procedimiento habitual, o en el que se establezca a tal fin, sin perjuicio del monto de la misma, conforme a lo establecido en el Numeral 3º del Artículo 12, de la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre de 2014, y el Artículo 30 del T.O.C.A.F..-
        2.-Comuníquese a todos los Departamentos; a las Divisiones Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación; Asesoría Jurídica y Tecnología de la Información; a la Gerencia de Compras y pase a la Contaduría General a sus efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A