Resolución N° 79/15/0111
Nro de Expediente:
3360-004854-12
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/3/2015


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCIÓN

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución No.186/14/0111 de fecha 2 de Agosto de 2014.-

Montevideo, 10 de Marzo de 2015.-
 
      VISTO: la Resolución No. 186/14/0111 de fecha 2 de Agosto de 2014;
      RESULTANDO: 1o.) que por la misma se aplicó una multa de U.R. 4 a la empresa NADELAR S.A., 21 363977 0015, con domicilio a efectos legales en la calle Dufort y Álvarez No.3211 Apto.2, por falta de cercado del predio empadronado con el No.146502, ubicado en la Calle Timote esquina Diógenes Hecquet;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la empresa se encuentra realizando los trámites de desalojo del predio, según informa el Abogado Asesor del Municipio A, a fojas 39 del expediente 3360-004854-12, y una vez realizado, le permitiría cercar el mismo;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

      EL GOBIERNO MUNICIPAL A
      RESUELVE
      1. Dejar sin efecto la Resolución No.186/14/0111 de fecha 2 de Agosto de 2014, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2. Comuníquese al Sector Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 para notificar a la empresa NADELAR S.A., que se le otorga un plazo de 180 días para la culminación de los procesos de desalojo y realizar el cercado del predio.-
Lilián Piña,Alcaldesa Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A