Resolución N° 18/19/0111
Nro de Expediente:
2017-5231-98-001879
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/2/2019


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a la Sra. Patricia Laura González Rodríguez, C.I. 3.054.627-6

Montevideo, 14 de Febrero de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza y cerco del predio empadronado con el No. 40.206, sito en la calle Timote No. 4611, del cual es responsable la Sra. Patricia Laura González Rodríguez, C.I. 3.054.627-6, con domicilio a efectos legales en la calle Julián Laguna No. 6143;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Centro Comunal Zonal No.14, se constató la falta de limpieza y cerco reglamentario del predio de referencia, intimando a la responsable a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, corresponde la aplicación de una multa de U.R. 2, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 4, Literal B, Numeral 1, Sección III del Decreto No.21626, y otra de U.R. 4, por infracción a lo dispuesto en la Artículo 3, Numeral 6, Sección II del Decreto 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a la Sra. Patricia Laura González Rodríguez, C.I. 3.054.627-6, responsable del padrón No. 40.206, sito en la calle Timote No. 4611, con domicilio a efectos legales en la calle Julián Laguna No. 6143, por las razones mencionadas en la parte expositiva de a presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar a la infractora.-
Enrique Soria,Alcalde (I) - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A