Resolución N° 5/18/0111
Nro de Expediente:
2016-0011-98-000563
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/1/2018


Tema:
MULTA POR FALTA DE CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (unidades reajustables seis) en carácter de primer reincidencia, a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE)

Montevideo, 10 de Enero de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de cerco reglamentario del predio ubicado sobre la calle José María Vidal No. 582, padrón No. 38.166, propiedad de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE);
        RESULTANDO: 1o.) que en diferentes inspecciones realizadas se constató la falta de cerco reglamentario del predio de referencia, intimando a la sitada Administración a regularizar la situación;
        2o.) que se aplicó multa por este motivo a través de la Resolución 43/16/0111 del 04/IV/2016;
        3o.) que ante el incumplimiento, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6, en carácter de primer reincidencia por infracción a lo dispuesto Artículo 3º, Numeral 6, Sección II y Artículo 22, Sección XIII del Decreto 21.626, del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 6 (unidades reajustables seis) en carácter de primer reincidencia, a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), propietaria del predio ubicado sobre la calle José María Vidal No. 582, padrón No. 38.166, por las razones mencionadas en la parte expositiva de a presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar al infractor.-
Gabriel Otero,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A