Resolución N° 97/19/0111
Nro de Expediente:
2017-3360-98-000447
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/7/2019


Tema:
MULTA INSPECCION PROFESIONAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) y otra de U.R. 2 (unidades reajustables dos), a la Sra. Annette Giovanna González Possi, C.I. 1.974.018

Montevideo, 29 de Julio de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la mala adecuación del desagüe en fachada y filtraciones hacia la finca lindera, provenientes del padrón No. 171.357, sita en la calle Capitán Osorio No. 3914, de la cual es propietaria la Sra. Annette Giovanna González Possi, C.I. 1.974.018, con igual domicilio a efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones profesionales realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, se comprobó filtraciones hacia la finca ubicada en Cno. Castro No. 205;
        2o.) que en inspecciones profesionales realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, se comprobó que el desagüe en fachada no se adapta a la normativa (Decreto 4248);
        3o.) que se intimó a los propietarios a realizar los trabajos necesarios en su propiedad a efectos de evitar filtraciones a la finca lindera y regularizar la situación;
        4o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 y otra de U.R. 2 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en Artículo 3, Numeral 12 y 14, Sección II del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) y otra de U.R. 2 (unidades reajustables dos), a la Sra. Annette Giovanna González Possi, C.I. 1.974.018, propietaria del la finca empadronada con el No. 171.357, sita en la calle Capitán Osorio No. 3914, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar a la infractora.-
Gabriel Otero,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A