Resolución N° 137/21/0111
Nro de Expediente:
2019-0011-98-000398
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/7/2021


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 50 (unidades reajustables cincuenta), a la Cooperativa Nacional de Productores de Leche (CONAPROLE), R.U.T. 21 027618 011

Montevideo, 12 de Julio de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento y cerco del padrón No. 430.538, sito en la calle Ideario Artiguista No. 1999, del cual es responsable la Cooperativa Nacional de Productores de Leche (CONAPROLE), R.U.T. 21 027618 0111, con domicilio a efectos legales en la calle Magallanes No. 1871;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 18, se constató la falta de acondicionamiento y de cerco del predio de referencia, intimando a la responsable a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 50, por infracción a lo dispuesto Artículo 4º, Inciso B, Numeral 1, Sección III, del Decreto 21.626, del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 50 (unidades reajustables cincuenta), a la Cooperativa Nacional de Productores de Leche (CONAPROLE), R.U.T. 21 027618 0111, responsable del padrón No. 430.538, sito en la calle Ideario Artiguista No. 1999, con domicilio a efectos legales en la calle Magallanes No. 1871, por las razones mencionadas en la parte expositiva de a presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 a efecto de notificar al infractor.-
Jorge Meroni,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A