Resolución N° 176/15/0111
Nro de Expediente:
0011-003009-15
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/7/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Levantar las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas y reiterar el gasto que fuera observado, al amparo de lo previsto por el Inc B, Art. 211° de la Constitución de la república (principio de ejecución) .-

Montevideo, 3 de Julio de 2015.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 150/15/0111 del 29 de mayo de 2015 se dispuso contratar a la Cooperativa "El Nacional" para prestar servicios en el territorio del Municipio a, levante de basurales;
        RESULTANDO: 1o.) que el tribunal de cuentas entiende que el gasto de $1:408.650.oo (pesos uruguayos un millón cuatrocientos ocho mil seiscientos cincuenta) es observable por contravenir lo dispuesto por el Inc B, Art. 211° de la Constitución de la república (principio de ejecución);
        CONSIDERANDO:1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Levantar las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas y reiterar el gasto que fuera observado, al amparo de lo previsto por el Inc B, Art. 211° de la Constitución de la república (principio de ejecución) .-
        2.- Comuníquese a la Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros y pase a la Contaduría General.-
Lilián Piña,Alcaldesa Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A