Resolución N° 97/13/0111
Nro de Expediente:
3360-003498-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/5/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 22 (unidades reajustables veintidós), primera reincidencia, al Sr. Jorge Diez, C.I. 1.604.134-5, titular del establecimiento destinado a depósito de barraca, sito en la calle Santa Lucía No.5758

Montevideo, 16 de Mayo de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito de barraca, sito en la calle Santa Lucía No. 5758, propiedad del Sr. Jorge Diez, C.I. 1.604.134-5, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que se comprueba que pese a los plazos concedidos no se ha presentado la documentación habilitante (habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos);
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 22 al titular de obrados, por infracción, en primera reincidencia, a lo dispuesto en el Artículo 3, numeral 20, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 22 (unidades reajustables veintidós), primera reincidencia, al Sr. Jorge Diez, C.I. 1.604.134-5, titular del establecimiento destinado a depósito de barraca, sito en la calle Santa Lucía No. 5758, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A