Resolución N° 153/14/0111
Nro de Expediente:
3360-008810-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/7/2014


Tema:
NO HACER LUGAR AL RECURSO

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Alicia Juana Salaberry Perini, C.I. 1.143.643-6 contra la Resolución No.139/13/0111

Montevideo, 17 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el recurso de reposición interpuesto por la Sra. Alicia Juana Salaberry Perini, titular de la C.I. 1.143.643-6, contra la Resolución No.139/13/0111 de fecha 8 de julio de 2013;
        RESULTANDO: 1o.) que por la mencionada Resolución se aplicó una multa de U.R.20 a la titular por problemas de humedades que afectaban la habitabilidad de la vivienda sita en la calle Emilio Romero No.263;
        2o.) que los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma (Art.4º de la ley 15869), por lo que no existen reparos desde el punto de vista formal;
        CONSIDERANDO: 1o.) lo informado por el Abogado Asesor Dr. Walter Bomio a fs. 128 del expediente 3360-008810-10, "... que la Sra. Salaberry nunca efectuó los trabajos que le fueran intimados opurtunamente. El hecho de que ahora la finca esté en buenas condiciones, por la acción del inquilino, no implica que deba exonerársela de sanciones, ya que la infracción se verificó al incumplir la intimación a reparar";
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Alicia Juana Salaberry Perini, C.I. 1.143.643-6 contra la Resolución No.139/13/0111, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Pase a la Asesoría Jurídica a fin de que se expida respecto de la apelación, interpuesta en subsidio
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A