Resolución N° 109/13/0111
Nro de Expediente:
3360-014987-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/6/2013


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19.7880 (unidades reajustables diecinueve con siete mil ochocientos ochenta diezmilésimas) , al Sr. Apólito Pascual Barata, C.I. 1.385.784-0, propietario de la vivienda sita en la calle Emilio Bonnecarrere No. 5537, apto. 102,

Montevideo, 10 de Junio de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con problemas de humedades de la vivienda sita en la calle Emilio Bonnecarrere No. 5537, apto. 102, padrón Nº 190238 propiedad del Sr. Pascual Apólito Barata, C.I. 1.385.784-0, con domicilio a los efectos legales en la Av. Agraciada No. 3881;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada el 24 de febrero de 2011 se comprobó que dicha vivienda presentaba problemas de humedades que afectaban la habitabilidad de la vivienda sita en la calle Emilio Bonnecarrere No. 5537, apto. 102,
        2o.) que se intimó al Sr. Pascual Apólito Barata a realizar los trabajos necesarios en su finca a fin de evitar el pasaje de humedades y filtraciones a la vivienda;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 19.7880 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19.7880 (unidades reajustables diecinueve con siete mil ochocientos ochenta diezmilésimas) , al Sr. Apólito Pascual Barata, C.I. 1.385.784-0, propietario de la vivienda sita en la calle Emilio Bonnecarrere No. 5537, apto. 102, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A