Resolución N° 44/15/0111
Nro de Expediente:
6320-002057-12
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/2/2015


Tema:
OBRA SIN PERMISO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (unidades reajustables ocho), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), al Sr. Nelson Coitinho Díaz, C.I. 1.767.826-0, propietario del predio ubicado en la calle Carlos de la Vega No.4656

Montevideo, 9 de Febrero de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de reconstrucción de la boca de tormenta, y el no ajustarse a la normativa el cerramiento de la propiedad del Sr. Nelson Coitinho Díaz, C.I. 1.767.826-0, ubicada en la calle Carlos de la Vega No. 4656, con domicilio a efectos legales en calle Yugoslavia No.723;

        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, la División Saneamiento y el Servicio de Mantenimiento Vial, constataron un rebaje de cordón clandestino, que dejó inutilizada la boca de tormenta ubicada en la esquina de la calle Carlos de la Vega y Adolfo Vaillant, intimándose al propietario a realizar las tareas tendientes a regularizar la situación;

        2o.) que se comprobó que el cerramiento del predio no se ajusta a al normativa vigente;
        3o.) que por los mencionados motivos se solicita la aplicación de multas de U:R. 8 según el Artículo 3º, numeral 7 del Decreto 21626 y otra de U.R. 4 según artículo 3º, numeral 10 del Decreto 21626 de 23/IV/84;

        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (unidades reajustables ocho), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), al Sr. Nelson Coitinho Díaz, C.I. 1.767.826-0, propietario del predio ubicado en la calle Carlos de la Vega No.4656, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Lilián Piña,Alcaldesa Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A