Resolución N° 172/18/0111
Nro de Expediente:
2016-0011-98-000557
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/8/2018


Tema:
MULTA VERTIMIENTO LIQUIDOS RESIDUALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4,5 (unidades reajustables cuatro con cincuenta centésimos) en carácter de segunda reincidencia, a la Sra. Nadia Lucía Schneider Lagos, C.I. 5.070.960-2

Montevideo, 15 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el vertimiento de líquidos residuales a la vía pública, del inmueble sito en la calle Ideario Artiguista No. 2364, del cual es responsable la Sra. Nadia Lucía Schneider Lagos, C.I. 5.070.960-2;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 18, solicitó a la responsable de la finca al cese de vertimiento y la realización de obras tendientes a solucionar la situación;
        2o.) que se aplicó multa por este motivo a través de la Resolución No.49/16/0111 del 4/IV/2016;
        3o.) que se aplicó multa en carácter de primer reincidencia por este motivo a través de la Resolución No. 206/17/0111 del 07/VIII/2017;
        4o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 4,5 en carácter de segunda reincidencia, según lo que establece el Artículo 16, Literal a, Numeral 5, Sección XIII del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4,5 (unidades reajustables cuatro con cincuenta centésimos) en carácter de segunda reincidencia, a la Sra. Nadia Lucía Schneider Lagos, C.I. 5.070.960-2, responsable de la finca sita en la calle Ideario Artiguista No. 2364, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 a efectos de notifica a la infractora.-
Gabriel Otero,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A