Resolución N° 93/16/0111
Nro de Expediente:
3360-006977-12
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/6/2016


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONEXION A SANEAMIENTO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince), en carácter de primera reincidencia, al Sr. Emilio Torres Donis, C.I. 874.374-9, propietario del inmueble padrón No.190.196,

Montevideo, 7 de Junio de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de conexión al saneamiento del padrón 190.196, sito en la calle Carlos María de Herrera No.954, propiedad del Sr. Emilio Torres Donis, C.I. 874.374.9;
        RESULTANDO: 1o.) que en las presentes actuaciones surge que el padrón de referencia no se encuentra conectado a la red de saneamiento, intimando al titular a regularizar la situación;
        2o.) que se aplicó multa por este motivo a través de la Resolución No.346/15/0111 del 16 de Diciembre de 2016;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R .15 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 16, Numeral 1, Ap.2, Literal A, Sección XIII, y Art. 22, Sección XIII del Decreto No. 21626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince), en carácter de primera reincidencia, al Sr. Emilio Torres Donis, C.I. 874.374-9, propietario del inmueble padrón No.190.196, sito en la calle Carlos María Herrera No.954, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A